Eliminación de desechos humanos
Las embarcaciones recreativas no tienen obligación de tener un baño. Sin embargo, la Ley de Aguas Limpias (Clean Water Act) estipula que, si se instala un baño, este debe estar equipado con un dispositivo de saneamiento marino (MSD, por sus siglas en inglés) aprobado por la USCG para tratar, procesar y almacenar las aguas residuales.
Los baños instalados que no estén equipados con un MSD y que viertan aguas residuales directamente al agua son ilegales.
Tipos de MDS
MDS de tipo I
Sistemas de tratamiendo de flujo continuo que generalmente itilizan técnicas de maceracion y desinfeccion para tratar les aguas residuales.
MDS de tipo II
Sistemas de tratamiendo de flujo continuo que pueden utilizar tratamientos biologicos y de desinfeccion (algunos MSD de tipo II pueden utilizar técnicas de maceracion y desinfeccion).
MDS de tipo III
Generalmente se trata de un tanque de retencion en donde se almaceran las aguas residuales hasta que puedan verterse en la costa o en el mar (o mas de tres millas de la costa).
Los inodoros portátiles no se consideran inodoros instalados y no están sujetos a la normativa de los MSD. Sin embargo, sí están sujetos a la normativa sobre el vertido de residuos, que prohíbe tirar aguas residuales en las aguas territoriales (límite de 3 millas), en los Grandes Lagos o en los ríos navegables.
Zonas de prohibición de vertido
Las zonas de prohibición de vertido son áreas que requieren una mayor protección ambiental y en las que incluso el vertido de aguas residuales tratadas podría ser perjudicial. Una embarcación puede estar equipada con cualquier tipo de MDS autorizado por la normativa. Cuando se navega en una zona de prohibición de vertido, los MSD de tipo I o II (que vierten aguas residuales tratadas) deben bloquearse de alguna manera para evitar el vertido. Esto puede hacerse cerrando la válvula y poniéndole un candado, utilizando un precinto de alambre sellado o quitando la manija de la válvula.
Por regla general, todas las aguas interiores, los lagos de agua dulce y los ríos se consideran zonas de prohibición de vertido, y el vertido de desechos humanos está prohibido.
Estación de bombeo
Este símbolo se utiliza para indicar a los navegantes la ubicación de los servicios de bombeo en tierra. Deberá encontrar un puerto que muestre este símbolo si utiliza un inodoro portátil o un tanque de retención MSD de Tipo III en su embarcación.